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Manual de cumplimiento del Código de incendios

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83 A2.5.5 Propiedad accesoria, estacionamiento Esta sección estipula recomendaciones para controlar vulnerabilidades en instalaciones de estacionamiento, ya sea una estructura o un espacio, utilizado para guardar vehículos motorizados [Sección 10.2 NFPA 730]. Una instalación de estacionamiento debe tener un plan de seguridad. Los portales de entrada y salida de vehículos deben estar limitados al mínimo requerido para la operación de la instalación de estacionamiento. Prevención de crímenes y pérdidas. Las áreas de estacionamiento deben estar bien marcadas. Su iluminación debe cumplir con el siguiente criterio [Sección 8.4.1 NFPA 730]: (1) Debe alumbrar eficientemente (2) Estar diseñada para crear niveles de iluminación adecuados sin ser excesivos (3) Deben minimizar la contaminación del cielo nocturno Para efectos de una vigilancia regular y uso normal, se debe proporcionar y mantener una iluminación razonable o áreas exteriores, incluyendo, pero no limitándose a los siguientes [Sección 8.4.3 NFPA 730]: (1) Acceso y pasillos para transeúntes (2) Puertas exteriores (3) Entradas de vehículos (4) Línea de cerca del perímetro (5) Áreas o estructuras sensibles dentro del perímetro seguro (6) Área de estacionamiento A2.5.6 Sistemas de seguridad La instalación de sistemas de seguridad para instalaciones, si están disponibles, debe hacerse de conformidad con esta sección. Sistemas de detección de intrusos. [Sección 9.4.2 NFPA 730] Los sistemas de detección de intrusos deben instalarse de conformidad con los requisitos de la NFPA 731. Las señales de la alarma de un sistema de detección de intrusos deben estar de conformidad con los requisitos de la Sección 5.1.3 de la NFPA 731. Sistemas de control de acceso. [Sección 9.4.3 NFPA 730] Los sistemas de control de acceso deben estar instalados de conformidad con los requisitos de la NFPA 731. Se debe controlar el acceso a credenciales activas legibles por máquinas. Vigilancia por video. [Sección 9.4.4 NFPA 730] Los videos de vigilancia por video deben instalarse de conformidad con los requisitos de la NFPA 731. Cuando se instale la vigilancia por video, se debe vigilar o registrar el sistema. Cuando se instalen señales, se deben mantener las señales. Deben mantenerse los sistemas de vigilancia por video de modo que el sistema continúe trabajando según se determine por el diseño. Iluminación. [Sección 8.4 de la NFPA 730] Se debe proteger la iluminación de seguridad del vandalismo y sabotaje. Se debe mantener una iluminación de seguridad. Se debe mantener una iluminación interna constante para: (1) Iluminación de salida (2) Niveles de iluminación mínimos para áreas bajo vigilancia por video Manual de Cumplimiento de Códigos contra Incendios de la NWPCA para Almacenamiento Externo de Pallets de Madera / Versión 1.0 (diciembre 2017)

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